Defensoría del Pueblo

Denuncian nuevo aumento de la nafta súper

El incremento impacta en los menos pudientes y en consumidores que utilizan motovehiculos para cumplir con sus obligaciones  

Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se concreto en el día de ayer un relevamiento a través de su Cuerpo de Inspectores, como consecuencia del nuevo aumento en todo el país de las naftas y el gasoil.

En nuestro mercado local, se pudo constatar que el incremento se produjo únicamente en el valor de la nafta súper que es la más económica y buscada en las estaciones de servicio YPF, que son las que hasta la fecha poseen los “mejores precios” y que quedaron ubicados de $8,289 a $8,489 por litro, “produciéndose un incremento de 20 centavos”.

El Ombudsman Provincial frente a este nuevo incremento fijó claramente la postura institucional del Organismo a su cargo, y afirmó que se debería buscarse por parte de la empresa estatal YPF, el modo o la forma en que el precio de la nafta súper y el gasoil que son los carburantes con mayor demanda en todo el país “mantengan los valores para impedir su impacto negativo en otros rubros, como lo son los precios de los productos de la canasta alimentaria”.

Esta medida determina de acuerdo con los valores actuales, que el incremento acumulado desde la Resolución N º 35/13 de la Secretaria de Comercio Interior a cargo del Lic. Guillermo Moreno, llegue hoy a un 12% para la nafta súper y un 11% para el gasoil y pese a estos incrementos todavía hay margen “supuestamente” para que los precios de los combustibles puedan seguir subiendo en la Argentina , según el esquema de precios máximos vigentes por región que se fijara desde dicho Organismo del Estado y sin contradecir los limites o valores de precios que estableciera Moreno.

No obstante lo cual, el Defensor del Pueblo, Dr. José Leonardo Gialluca, afirmo que a esta altura de los acontecimientos, ya los consumidores hemos perdido la brújula en relación al precio o valor que tenían los combustibles al 9 de abril del corriente año, y que conforme al Instrumento antes citado los valores de venta en los surtidores tendrían que estar vigentes hasta ese día, según la región o zona en que se ubico a cada provincia, correspondiéndole a Formosa la zona Nº 2.